Actualmente muchas personas viven en pisos de alquiler, algunas por corto plazo, pero hay otras que se mudan para pasar un largo periodo de tiempo o un tiempo indefinido. Y es muy importante sentirse cómodo en casa aunque no sea de nuestra propiedad.

Un hogar es como un refugio donde debemos sentirnos como en casa, mejor que en cualquier otra parte, por lo tanto, debemos sopesar toda opción que suponga una mejora para la vivienda.

Concretamente hoy, vamos a enfocarlo hacia la climatización de la estancia, porque sabemos que una temperatura adecuada y agradable es fundamental para el bienestar de quienes habitan en el piso o la casa. Y en los meses más calurosos o fríos es inevitable que se nos pase por la cabeza instalar un equipo de aire acondicionado. Pero en ocasiones, cuando vivimos en un piso que no es nuestro, sino que es alquilado, pensamos que no es posible o que no vale la pena asumir el gasto de invertir en un aire acondicionado.

Esto plantea varias preguntas, entre ellas ¿es posible instalar un aire acondicionado en un piso de alquiler? Y ¿quién debe asumir los gastos de la instalación y la máquina?.
Vamos a aclararlo.

¿Es posible instalar un aire acondicionado en un piso de alquiler?

Para responder a esta pregunta hay que revisar varias cuestiones:

  •  Recurrir al contrato de alquiler y asegurarse de que no exista ninguna cláusula que indique lo contrario, además, antes de proceder a la instalación de la máquina es necesario hablar con el propietario y pedirle permiso para que acceda y de esta manera ahorrarse problemas. Si instaláramos un equipo de aire acondicionado en un piso de alquiler sin el permiso del arrendador, seguramente éste iniciaría un proceso legal que nos perjudicaría.
  • Consultar los estatutos de la comunidad de vecinos, porque hay que asegurarse de que no esté prohibida la instalación de aires acondicionados. Aunque en los estatutos se recogen las normas del edificio y entre ellas debería figurar la regulación de instalaciones en fachada, a veces no consta y hay que proceder a solicitar permiso a la comunidad de vecinos y a la Junta de propietarios.
  • Informarse en el Ayuntamiento correspondiente, ya que si tenemos en cuenta que hay que instalar la unidad exterior, muy probablemente, en la fachada, existen leyes de regulación sobre la instalación de estos equipos y debemos consultarlo en el Ayuntamiento para tener claro que no estamos realizando alguna acción ilegal.

Cuando estas cuestiones queden resueltas, en caso de que tengamos permiso para instalar el aparato, seguramente se nos pasen por la mente otras preguntas.

¿Quién debe hacerse cargo del pago?

Existen varias opciones, hay que escoger la que más convenga llegando a un acuerdo con el propietario.

  • El propietario cubre todos los costes: Si esta es la opción que se lleva a cabo, obviamente la máquina supondrá una mejora para el apartamento y por parte del inquilino no quedará nada más por hacer, excepto disfrutar de los beneficios que aporte el tener el equipo instalado.
  • El inquilino compra la máquina y la instalación la paga el arrendador: En este caso las máquinas que se instalen serán de la pertenencia del inquilino y si llega el momento de cambiar de vivienda tendrá derecho a retirar los aires acondicionados y llevárselos consigo, a pesar de que la instalación haya corrido a cargo del dueño del apartamento.
  • El inquilino paga las máquinas y la instalación: De esta manera el dueño de los aires acondicionados será el arrendatario. Habrá que acordar con el propietario del piso los detalles de la instalación y contratar a un técnico instalador autorizado, puesto que por ley solamente un especialista certificado puede realizar este trabajo.

Si vives en un piso de alquiler y te planteas la instalación de un aire acondicionado no tendrás ningún problema si tienes en cuenta las pautas anteriores. Aunque no sea una casa propia, todos deberíamos sentirnos como en casa.